Intervención del Representante Permanente de la República Argentina, Embajador Martín García Moritán
25 de abril
Señor Presidente,
En primer lugar, la Argentina agradece la oportunidad intervenir bajo este tema de agenda a fin de hacer referencia a algunos de los avances efectuados para aplicar la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y los desafíos encontrados en estos diez años en nuestro país y desea asociarse plenamente a la intervención realizada por la distinguida delegación de El Salvador, en nombre de la Comunidad de Estados de América Latina y el Caribe, CELAC.
A fin de mantenernos dentro del límite de tiempo disponible no vamos a entrar en los detalles informados oportunamente en respuesta al cuestionario circulado por la Secretaria, y cuyo contenido se encuentra publicado en la página web de este Foro Permanente, sino que nos centraremos en algunos de los aspectos esenciales identificados en el análisis realizado por las autoridades nacionales previo a la reunión de este Foro Permanente.
En primer lugar quisiéramos referirnos a la necesidad de terminar con el relevamiento territorial de las comunidades indígenas en nuestro país, mayor desafío encontrado hasta el momento para la implementación de la Declaración.
A fines del año 2006 se sancionó la Ley N° 26.160 que ordena el relevamiento y demarcación de las tierras y territorios de todas las comunidades indígenas a fin de resolver de manera progresiva el reconocimiento pleno de la propiedad comunitaria indígena.
Debido a la complejidad social, cultural, política y la cantidad de actores involucrados se han sancionado prórrogas a dicha ley, extendiendo su vigencia hasta noviembre de 2017, en la última oportunidad. La cantidad de tierras relevadas hasta el momento sobre ocupación actual, tradicional y pública de comunidades indígenas es de casi 8 millones de hectáreas.
Actualmente, se encuentra bajo análisis un nuevo proyecto de ley de prórroga impulsado por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas para extender el plazo de ejecución por 4 años más, es decir, hasta noviembre de 2021, para continuar con el proceso de relevamiento y adjudicación.
Señor Presidente,
En la Argentina, el derecho de propiedad comunitaria de los pueblos indígenas está reconocido en el artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional, en el Convenio Nº 169 de la OIT, ratificado por nuestro país, y en el artículo 18 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación adoptado en 2015.
Adicionalmente, el artículo 9 dicho Código dispone entre sus normas transitorias, que el derecho de propiedad comunitaria de las tierras tradicionalmente ocupadas por los pueblos indígenas será objeto de una ley especial. Por lo tanto, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas se encuentra impulsado un anteproyecto de Ley de Instrumentación de la Propiedad Comunitaria Indígena, el cual se encuentra próximo a ser elevado para su tratamiento en el Congreso de la Nación.
En la Argentina, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha definido que la consulta previa a los Pueblos Indígenas es obligatoria y se rige por lo establecido en el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT.
Desde comienzo del gobierno del Señor Presidente Macri, la Argentina ha buscado incrementar las consultas y facilitar el diálogo con los pueblos originarios. Por lo tanto, mediante el decreto 672/16 se creó el Consejo Consultivo y Participativo de los Pueblos Indígenas de la República Argentina, el cual en diciembre pasado sesionó por primera vez y adoptó su propio reglamento.
Adicionalmente, durante el año 2016 se realizaron consultas previas sobre la implementación de programas y acciones vinculadas a seguridad social (ANSES), documentación federal (RENAPER), deforestación y degradación de bosques (ONU-REDD), cadenas de valor inclusivo (Ministerio de Producción) y energías renovables (Programa RenovAr), entre otros.
Señor Presidente,
El Gobierno Argentino considera que para avanzar en la implementación de la Declaración es crucial establecer políticas públicas para la protección de los derechos humanos desde la cosmovisión indígena. En tal sentido, se han llevado a cabo acciones para el desarrollo humano, incluyendo el Programa Federal de Hábitat y Desarrollo Humano del Ministerio del Interior, Obras y Servicios Públicos, destinadas a poblaciones urbanas y de zonas vulnerables, que incluye a comunidades indígenas.
Asimismo, se decidió la transferencia del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas de la órbita del Ministerio de Desarrollo Social a la de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, a fin de reforzar una perspectiva de derechos humanos.
Antes de concluir, quisiera mencionar brevemente algunos otros avances y programas específicos vigentes en la Argentina que coadyuvan a la implementación de la Declaración.
En el ámbito educativo, la Ley Nacional de Educación Nº 26.206 dio un paso importante al incluir la "Educación Intercultural Bilingüe", que garantiza a todos los pueblos originarios el acceso a una educación que contribuye a preservar su identidad étnica, lengua, cosmovisión y cultura.
Adicionalmente, se establecieron el Programa de Facilitadores Interculturales Indígenas y el Programa de Promotores Interculturales Bilingües Educativos a fin de involucrar actores relevantes en la preservación y transmisión de la cultura tradicional de los pueblos originarios.
En lo relativo al acceso a la justicia, el "Programa de Fortalecimiento Jurídico para las Comunidades Indígenas" apoya financieramente a las comunidades y organizaciones indígenas en la defensa jurídica de sus derechos territoriales frente a cuestionamientos de actores públicos o privados.
En materia de género, en el año 2016 se implementó el proyecto "Sensibilización y Promoción de la Temática de Género en Comunidades Indígenas" y se otorgaron becas para estudiantes de comunidades indígenas en articulación con el Programa Nacional de Becas Universitarias y del Bicentenario, de las cuales 61% fueron adjudicadas a mujeres.
Finalmente, la Subsecretaría de Políticas Alimentarias del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación tiene bajo su órbita proyectos específicos vinculados a educación alimentaria, pro-huerta y abordaje comunitario, los cuales se ejecutan en comunidades indígenas del país.
Señor Presidente,
De acuerdo con el último censo realizado en la Argentina en 2010 la cantidad de personas que se declaran descendientes de pueblos originarios es de 955.032 personas, las cuales conforman 368.893 hogares.
Es el compromiso de la Argentina seguir trabajando en la implementación de la Declaración y su articulación con la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible para mediante el refuerzo de la voluntad política alcanzar los objetivos acordados internacionalmente y beneficiar a todas las comunidades de nuestro país.
Muchas gracias.