57° Sesión Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer
New York, 4 al 15 de marzo de 2013
“Eliminación y prevención de todas las formas de violencia contra mujeres y niñas”
Sra. Presidenta,
Una vez más la República Argentina se complace en ser parte de este prestigioso foro. En esta ocasión, nos reunimos con el objeto de reflexionar y compartir experiencias relativas a la eliminación y prevención de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. Nuestro país quiere destacar la importancia que representa la elección de este tema como prioridad en la agenda internacional y confía en poder alcanzar acuerdos operativos que nos permitan seguir avanzando en líneas de acción conjuntas.
En los últimos años la Argentina viene profundizando un modelo de crecimiento con inclusión social, llevando adelante una serie de políticas públicas orientadas a la ampliación de derechos y de igualdad, con eje en el pleno e irrestricto respeto de los derechos humanos. En ese marco de protección y promoción de los derechos, destacamos muy especialmente la implementación de la Asignación Universal por Hijo —que protege los derechos de niños y niñas mediante un subsidio a sus adultos cuidadores—, la sanción de la ley de matrimonio igualitario —que habilita el matrimonio entre personas del mismo sexo— y la ley de identidad de género —que dispone que a cualquier persona mayor de 18 años le asiste el derecho al reconocimiento de su identidad sexual más allá del sexo biológico con el que hubiere nacido y habilita la rectificación de sus datos registrales—.
Es precisamente desde una perspectiva de derechos humanos que nuestro país asume la lucha contra todas las formas de violencia hacia las mujeres y las niñas. Asimismo, la República Argentina comparte el punto de vista del Secretario General de la Organización en cuanto a la necesidad de contar con un enfoque sistemático y holístico para prevenir todas las formas de violencia contra mujeres y niñas que incluya medidas legislativas y normativas, la protección de las sobrevivientes y la recopilación e investigación de datos. Con ese propósito venimos implementando un amplio abanico de acciones y medidas entre las que destacamos:
Normativa en materia de prevención y sanción de la violencia
Nuestro país ha adherido a la normativa internacional en materia de prevención y sanción de la violencia contra mujeres y niñas, dentro de la que destacamos la ley 23.179 de ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas De Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), que cuenta además con rango constitucional. El Protocolo Facultativo de la CEDAW fue ratificado en el año 2006. Desde su incorporación como Estado Parte de esta Convención, nuestro país ha presentado ya seis informes periódicos ante el Comité CEDAW.
A nivel regional, la Argentina ha ratificado la “Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres” (Convención de Belem do Pará) que entiende por violencia contra las mujeres cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como en el privado. Esta Convención distingue tipos de violencia contra la mujer, incluyendo la física, sexual y psicológica.
En ese marco, en el año 2009 se sancionó la Ley 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos que se desarrollen sus relaciones interpersonales” que supera la normativa nacional en materia de lucha contra la violencia contra las mujeres hasta entonces vigente en tanto amplía la definición de violencia introduciendo una serie de tipos (física, psicológica, sexual, económica y patrimonial y simbólica) y de modalidades (doméstica, institucional, laboral, obstétrica y mediática). Asimismo, establece que el Consejo Nacional de las Mujeres ——mecanismo nacional para el adelanto de las mujeres— sea el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de la ley, la forma de abordaje y la puesta en marcha de un Plan de Acción Integral y de un Observatorio de Género, como instrumentos capaces de dar una respuesta concreta a una problemática tan compleja.
En la actualidad, se encuentra en funciones la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG) que apunta a elaborar las sanciones para los perpetradores así como realiza tareas de sensibilización en distintas jurisdicciones del país destinadas a funcionarios judiciales y personal de seguridad.
Por otra parte, una de las formas más aberrantes de la violencia la constituye la trata de personas. Nuestro país cuenta desde el año 2008 con la Ley 26.364 de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus victimas que fuera reformada a fines de 2012 en los siguientes aspectos:
- Sobre el consentimiento de la víctima: "...no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores."
- Aumenta las penas a los implicados en trata de personas y amplía la protección de las víctimas.
- Condena el proxenetismo con penas de entre 2 y 4 años de prisión y de 5 a 15 años en el caso de que las víctimas queden embarazadas o sean menores.
Asimismo, crea organismos específicos para la asistencia y la reparación no monetaria del daño a las víctimas a partir del establecimiento de mecanismos adecuados para el alojamiento, manutención, alimentación suficiente y elementos de higiene personal. Por otro lado, crea el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas en el ámbito de la Jefatura de Gabinete con el fin de constituir un espacio permanente de acción y coordinación institucional para el seguimiento de este tema. Entre otras tareas, el Consejo deberá diseñar estándares de actuación, protocolos y circuitos de intervención que contribuyan a prevenir y combatir el delito de trata y a proteger y asistir a las víctimas y sus familias. También instituye un Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las víctimas, integrado por representantes de los ministerios nacionales de Seguridad, Justicia, Desarrollo Social y Trabajo.
En este mismo sentido, se destaca la firma del Decreto 936/11 cuyo objetivo principal es prohibir la publicación de avisos de servicios sexuales en los medios gráficos y terminar con uno de los eslabones que se alimentan de la industria de la trata de personas, especialmente de mujeres y niñas. Asimismo, promueve la erradicación de la difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual.
El artículo 1º comprende la prohibición de avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícitamente referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y la paulatina eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres, abarcando todos aquellos avisos cuyo texto resulte engañoso.
El decreto establece la creación de la Oficina de Monitoreo de publicación de avisos de oferta de comercio sexual que coordina su actuación con el Consejo Nacional de las Mujeres, la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y con la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA).
En ese sentido, desde la Subsecretaría de Unidad de Coordinación Nacional para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, del Consejo Nacional de las Mujeres, se creó un área interna a fin de articular acciones con los organismos involucrados y facultados para el efectivo cumplimiento del decreto 936/2011.
Por otro lado, en 2005 fue promulgada la Ley 26.061 de “Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes” cuyo objetivo es garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Argentina es parte.
En noviembre pasado se incorporó al femicidio como agravante de la figura de homicidio en el Código Penal por lo cual podían recibir reclusión perpetua quienes comentan femicidio en el entendido de que es un tipo agravado de homicidio en el que se descarta el uso de atenuantes por razones de “emoción violenta”. También se impone perpetua al que mate “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o se mantuvo relación” —denominado “femicidio vinculado”— como es el caso de los hombres que han asesinado a hijos de su mujer o ex mujer. Asimismo, el artículo 80 del Código Penal establece expresamente prisión perpetua al hombre que “matare a una mujer o a una persona que se autoperciba con identidad de género femenino y mediare violencia de género”.
También en el Código Penal, mediante la ley 26.738, se derogó el Artículo 132 que preveía la figura del avenimiento, por la cual un violador o responsable de abuso sexual podía eludir la cárcel si era perdonado por su víctima al contraer matrimonio.
Por otra parte, se destaca por su implicancia en la construcción de relaciones más equitativas entre mujeres y varones —puntapié necesario para la eliminación de la violencia de género— la puesta en funcionamiento de la Ley 26.522 de “Servicios de Comunicación Audiovisual”. Dicha ley incorpora la perspectiva de género y el principio de no discriminación a lo largo de todo su texto. Esta pieza normativa apunta explícitamente a promover imágenes equilibradas y variadas de hombres y mujeres en los medios de comunicación, así como a considerar la diversidad cultural, lingüística y las identidades locales. En ese marco, se señala que uno de sus objetivos es la protección de la igualdad entre hombres y mujeres y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual. Asimismo, se establece la responsabilidad de los productores, distribuidores y emisores de programas y/o publicidad, de velar por el respeto de una serie de leyes nacionales, entre la cuales incluye la Ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos que se desarrollen sus relaciones interpersonales.
Por último, queremos destacar que la Argentina se encuentra en proceso de aprobación del Plan Nacional de Implementación de la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que fuera consensuado por diferentes ministerios del Poder Ejecutivo Nacional en consulta con organizaciones de la sociedad civil. Dicho Plan pretende cumplir con las necesidades planteadas por la Res.1325 y sus complementarias, en especial la Resolución 1820 sobre prevención y eliminación de la violencia sexual en conflictos armados.
Servicios y respuestas multisectoriales para las mujeres y niñas víctimas de violencia
Asistencia en la emergencia
El programa “Las Víctimas contra las Violencias”, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, dispone de brigadas móviles para acudir al auxilio ante un llamado de emergencia para trasladar a las víctimas desde el lugar en el que se encuentran hacia un lugar seguro. El número telefónico gratuito para emergencias en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, con funcionamiento las 24 horas, es el 137. Cabe destacar que es inminente el lanzamiento de la línea 144, de idénticas características, a nivel nacional. A la fecha, para todo el territorio nacional existe otra línea gratuita (0800-222-3425) de atención, asesoramiento y derivación a distintos centros locales según la problemática de que se trate, como parte del Programa Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia, del Ministerio de Justicia de la Nación. En el caso de violencia, los llamados son derivados al Consejo Nacional de las Mujeres que cuenta con un equipo especializado para consultas y asesoramiento.
El Ministerio del Seguridad, mediante resolución 83/2012 dispuso el asesoramiento y derivación correspondiente a víctimas de violencia sexual y/o familiar en cada comisaría de la policía federal.
Recientemente se ha implementado un protocolo de actuación para las fuerzas federales ante casos de violencia sexual. Regula la articulación del trabajo de quienes integran las fuerzas policiales y de seguridad, con las instancias de atención a víctimas disponibles dentro del Ministerio de Justicia, como la Brigada de Atención a Victimas de Violencia Sexual. Este trabajo coordinado constituye un ejemplo de buenas prácticas en la respuesta multisectorial a las víctimas ya que permite evitar tanto la revictimización, como la pérdida de material probatorio útil para la instancia judicial, poniendo a disposición de la víctima de violencia sexual asistencia especializada que la acompañará y guiará durante todo el proceso de denuncia y extracción de pruebas, así como para la obtención de atención médica apropiada.
Mediante Resolución 74/2011 se asigna a la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el número telefónico 145 para la atención de comunicaciones realizadas por los ciudadanos damnificados por el delito de trata, en el ámbito de la República Argentina. Esta línea permite la atención de las víctimas por parte de psicólogos, trabajadores sociales y abogados que acompañan a las víctimas desde el rescate o su escape del lugar de explotación.
Asistencia jurídica
El Ministerio Público de la Defensa brinda desde octubre pasado patrocinio jurídico gratuito a víctimas de violencia de género, sumándose a los otros servicios que ya se venían implementando para facilitar el acceso a la justicia, tal y como la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con funcionamiento las 24 horas del día, todos los días del año, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, desde 2008.
El Proyecto Piloto de Asistencia y Patrocinio Jurídico Gratuito a Víctimas de Violencia de Género, creado en el ámbito de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación, tiene como objetivo brindar patrocinio jurídico gratuito y asistencia legal general a víctimas de violencia de género, en casos que sean de competencia de la Justicia Nacional o Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por otra parte, a través de diversas resoluciones de la Procuración General de la Nación se dispuso:
- Recomendar a los Sres. Fiscales que en aquellos casos en los que les sea comunicada la comisión de un delito contra la integridad sexual en el que hubiera tenido lugar alguna forma de acceso carnal y hubiera acaecido recientemente, instruyan a la víctima sobre la conveniencia de recibir asistencia médica inmediata (Res. PGN 126/04).
- Instruir a los Sres. Fiscales con competencia penal a cargo de las distintas dependencias fiscales de todo el país para que incorporen, como reglas prácticas para tener en cuenta en la atención de víctimas y testigos, el documento denominado "Guías de Santiago sobre protección de víctimas y testigos", aprobado por la XVI Asamblea General de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, realizada el 9 y 10 de julio de 2008 (Res. PGN 174/2008).
- Instrumentar la puesta en funcionamiento en el ámbito del Ministerio Público Fiscal de una Cámara Gesell para la recepción de testimonios de niños y niñas víctimas de delitos (Res. PGN 8/2009)
- Adherir a las "Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad”, aprobadas por la Asamblea Plenaria de la XIV edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana e instruir a los señores fiscales, funcionarios y empleados de las distintas dependencias fiscales de todo el país, para que incorporen las Reglas como prácticas en la atención de personas en condición de vulnerabilidad (Res. PGN 58/2009).
- Ordenar que en todos los procesos que involucren como víctimas o testigos a menores de 18 años, se proceda del modo regulado en el artículo 250 bis del Código Procesal Penal de la Nación (con intervención de un psicólogo/a especialista en niños, en un ámbito especializado), se disponga la filmación de la entrevista con la víctima y se proceda a notificar al imputado y a su defensa la realización de dicho acto;
- Instruir a los Sres. Fiscales para que, en todos los procesos en los que se investigue la presunta comisión de delitos contra la integridad sexual de menores de 18 años de edad, se notifique al imputado y a su defensa la realización de peritajes sobre las víctimas; y para que, en aquellos procesos en los que aún no exista un imputado identificado, se realicen las entrevistas y los peritajes en relación con niñas y niños víctimas con control judicial y notificación a la Defensa Pública Oficial. (Res. PGN 59/09)
Otros servicios jurídicos gratuitos alternativos incluyen consultorios jurídicos en universidades nacionales y consejos profesionales así como la implementación, en varias provincias, de sistemas de justicia itinerante para recorrer grandes distancias tratando de acercar la justicia a la comunidad, lo que beneficia a las mujeres rurales e indígenas que viven en comunidades alejadas de las grandes urbes.
Asimismo, mediante convenio firmado entre el Consejo Nacional de las Mujeres, el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, se establece la responsabilidad de la Secretaría de Derechos Humanos de ser querellante de oficio (mediante una evaluación previa) ante la muerte dolosa de una mujer, a manos de su pareja u otra persona perteneciente al núcleo familiar. También lo hará, en casos en los que se corrobore que la vida de la mujer corre peligro.
Refugios
Nuestro país cuenta con refugios para mujeres víctimas de violencia que funcionan a nivel provincial (incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y a nivel municipal, destinados a cubrir la demanda específica de cada jurisdicción. Estos refugios están abiertos para mujeres víctimas de violencia y sus hijas e hijos hasta la edad de 18 años, en el caso de los varones.
Capacitaciones y sensibilizaciones
En el ámbito del Poder Ejecutivo, los Ministerios de Seguridad, Defensa, Educación, Interior, Trabajo, Relaciones Exteriores, Justicia y Desarrollo Social cuentan con capacitaciones y sensibilizaciones periódicas en materia de violencia contra las mujeres en relación a las tareas específicas de cada cartera. En muchos casos, las acciones de capacitación se realizan en articulación con el Consejo Nacional de las Mujeres y otros actores que resulten relevantes.
Asimismo, el Poder Judicial a través de la Oficina de la Mujer (OM) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación capacita a jueces y operadores de justicia para una eficiente aplicación de la ley e interpretación de la jurisprudencia. Esta oficina desarrolla una serie de talleres destinados a instalar el enfoque de equidad de género en los distintos organismos gubernamentales y no gubernamentales. Este enfoque contribuye a construir relaciones de equidad entre mujeres y varones, tanto en el ámbito público como en el privado.
A fines del año 2012 se creó un espacio interinstitucional de las áreas de género del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial a fin de relevar acciones con el objeto de crear sinergias y evitar superposiciones. A partir de ese espacio, fue posible la realización de talleres de capacitación entre los actores institucionales involucrados.
En el Programa “Conectar Igualdad” —iniciativa que busca reducir la brecha digital, educativa y social a partir de la distribución de netbooks entre alumnos y docentes de escuelas públicas secundarias de todo el país— se creó un módulo relativo a la lucha contra la trata de personas, a partir del trabajo conjunto de los Ministerios de Justicia y de Educación de la Nación.
Por último, se realizan acciones desde la sociedad civil con apoyo gubernamental, dentro de las que podemos destacar la campaña "Sacá tarjeta roja al maltratador" que, mediante la incorporación de figuras mediáticas, apunta a darle visibilidad a la violencia sufrida por mujeres y niñas con el fin de lograr su condena social, con especial énfasis en el compromiso por parte de los varones. De ahí que los spots publicitarios se difundan, entre otros espacios, en las tandas de la transmisión televisiva de los partidos de fútbol, deporte de enorme popularidad en nuestro país.
Ciudades seguras
El programa Ciudades sin violencia hacia las Mujeres, Ciudades Seguras para tod@s se encuentra en ejecución en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y culminó en diciembre de 2011 en la localidad de Morón, provincia de Buenos Aires. Dicho Programa se propone entre sus objetivos principales: la ampliación, conocimiento y fortalecimiento del debate público sobre la seguridad de las mujeres en las ciudades; la inserción del tema de la violencia de género en la agenda social y en las políticas públicas; el empoderamiento de las mujeres en el derecho al uso y disfrute de la ciudad y en los espacios de decisión de políticas públicas; y la demostración y replicación de experiencias de intervención participativas de uso de la ciudad y de barrios con mayor seguridad para las mujeres.
Violencia contra las mujeres y derechos sexuales y reproductivos
La República Argentina entiende que también es una forma de violencia aquella que cercena la libertad reproductiva de las mujeres e impide el ejercicio de sus derechos en relación con el número de embarazos y/o el intervalo intergenésico que decidan, de manera informada, libre y responsable. Es por ello que en el año 2003 fue creado el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, por ley 25.673, con alcance nacional y la misión de promover la igualdad de derechos, la equidad y la justicia social así como contribuir a mejorar la estructura de oportunidades para el acceso a una atención integral de la salud sexual y reproductiva.
El Programa se propone los siguientes objetivos:
- Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación o violencia.
- Disminuir la morbimortalidad materno infantil.
- Prevenir embarazos no deseados.
- Promover la salud sexual de las y los adolescentes.
- Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, VIH/sida y patologías genitales y mamarias.
- Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable.
- Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.
Medición de la violencia
Mediante la firma de un convenio de cooperación entre el Consejo Nacional de las Mujeres y el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) se diseñará un conjunto de indicadores a fin de establecer un Registro Unico de Casos de Violencia contra la Mujer que tendrá por resultado las primeras estadísticas a nivel nacional. Con ese objetivo, el INDEC acordó articular con las jurisdicciones provinciales pertinentes el aporte de la información de sus registros. La creación de este sistema nacional de información contribuirá al diseño de políticas públicas más eficaces, orientadas a la prevención y erradicación de la violencia contra mujeres y niñas.
Señora Presidenta,
Somos conscientes de que las mujeres enfrentan obstáculos para acceder a la justicia, algunos de ellos originados en la existencia y persistencia de patrones socioculturales discriminatorios que impiden y obstruyen la aplicación efectiva de las leyes destinadas a su protección. De ahí que resulte necesario sostener y profundizar aquellas medidas específicas que propician la equidad de género en el acceso a la justicia. Asimismo, apostamos al trabajo intersectorial e interinstitucional como herramienta para la creación de sinergias que permitan la detección temprana y la atención integral de las víctimas así como su recuperación y reinserción en la vida social. Finalmente, creemos fundamental que el rechazo a cualquier forma de violencia hacia mujeres y niñas cuente no sólo con el firme compromiso de los gobiernos sino también con el de las más diversas organizaciones sociales y de la sociedad argentina en su conjunto.
Con esa firme convicción, el Estado Argentino, mediante el Consejo Nacional de las Mujeres asume como compromisos políticos para su gestión del año 2013 el desarrollo de la asistencia y protección a las víctimas, el fortalecimiento institucional para la prevención de situaciones de violencia y la elaboración de estadística y producción de información en la materia.
Del mismo modo y como expusimos, si bien existen múltiples mecanismos en distintas áreas de los poderes ejecutivo y judicial, a nivel nacional y local que trabajan en la prevención y la asistencia a las víctimas de violencia de género, la puesta en marcha del Plan Nacional —previsto por la Ley 26.485— posibilitará un abordaje más integral del complejo fenómeno de la violencia contra las mujeres y las niñas que constituye no sólo una grave forma de discriminación sino también una clara violación de derechos humanos.
Muchas gracias.