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Comité Preparatorio de la Conferencia de las Naciones Unidas para examinar los progresos alcanzados en la ejecución del programa de acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos Item 7b

Intervención de la Ministro María Paula Mac Loughlin

22 de marzo

Señor Presidente

Permítame en primer lugar felicitarlo por la forma en que está conduciendo los trabajos de éste Comité Preparatorio y reiterarle que cuenta usted con el apoyo de la Delegación Argentina.

La Delegación argentina se asocia a la intervención pronunciada por el distinguido delegado de Paraguay en nombre de los Estados Parte del MERCOSUR y Estados Asociados, por lo que sólo agregaré unas consideraciones adicionales.

La República Argentina con la legislación que se encuentra en vigencia cumple con lo dispuesto en el Instrumento Internacional para permitir a los Estados identificar y localizar, de forma oportuna y fidedigna, armas pequeñas y ligeras ilícitas, ya que realiza el marcaje de las armas de fuego tanto de fabricación nacional como importadas. 

En ese sentido, a fin de lograr una trazabilidad de la historia de las armas pequeñas y ligeras, desde su origen, distribución comercial y usuario final, se graba en ellas una marca distintiva que se realiza en los repuestos principales y que permite identificarlas. Asimismo, se marcan las armas de fabricación nacional que serán exportadas. 

Las armas de fuego ilícitas encontradas en el territorio son marcadas y registradas en forma única, mantenidas en un lugar seguro y destruidas a la mayor prontitud posible.

Por otra parte, permítame destacar que la legislación argentina no contempla la transferencia de armas de los arsenales estatales al mercado civil. Las armas de los arsenales estatales que están en desuso son destruidas. 

La Argentina considera que el rastreo de las armas ilícitas es fundamental para reducir la tenencia ilícita y el uso indebido de las armas pequeñas y ligeras. En consecuencia, estableció un Registro Nacional de Armas de Fuego y Materiales Controlados Secuestrados e Incautados, en el cual se consignan los datos correspondientes a las armas de fuego, sus partes y repuestos, las municiones, los explosivos y el material blindado.

En materia de gestión de arsenales  se ha establecido la conectividad integrada de la información sobre las ubicaciones  físicas de las armas mientras éstas sean necesarias a fin de guardarlas como evidencia en los diferentes procesos, hasta su restitución o destrucción. De esta forma se permite el entrecruzamiento de datos entre la red de depósitos existentes e incorpora de forma inmediata toda la información al Banco Nacional Informatizado de Datos.

Por otro lado, por medio del Sistema de Gestión Registral de Materiales Controlados se realiza la registración en línea de las armas en poder de los usuarios comerciales y el seguimiento en tiempo real de las transacciones. Asimismo implementa un Código Único de Identificación de Material, que establece de manera unívoca los datos registrales identificatorios de cada material, garantizando la confiabilidad e inalterabilidad de los mismos.

Señor Presidente:

Argentina considera que la destrucción de las armas pequeñas y ligeras y excedentes constituye un importante elemento de un programa integral para el control de este tipo de armas. La destrucción resulta un método efectivo para reducir el número real de armas provenientes  del mercado ilegal, al mismo tiempo que restringe las potenciales armas que pueden realimentar este mercado. La destrucción, contrariamente al empleo de otras medidas de eliminación de armas, brinda la seguridad de que las armas pequeñas y ligeras no serán nuevamente incorporadas al mercado negro.

Un programa de destrucción de armas de fuego involucra las entregadas por toda la población, como parte de un programa de desarme voluntario, las incautadas en ocasión de la persecución penal de delitos, las consideradas de rezago o excedentes a las necesidades de las fuerzas armadas y de las fuerzas de seguridad.

Señora Presidente, 

La normativa vigente respecto de los legítimos usuarios, la regulación de la producción, comercialización interna, exportación, importación, tránsito y destrucción de las armas de fuego, municiones, explosivos y material blindado coadyuva al registro adecuado para el correcto y fehaciente rastreo de dichos materiales. Al respecto, la Argentina entiende que ese registro debe necesariamente ser acompañado de una decidida política en materia de destrucción de las armas de fuego incautadas y de los demás materiales mencionados.

 

Muchas gracias.