Intervención del Representante Permanente de la República Argentina, Embajador Martín García Moritán
8 de octubre
Señor Presidente:
Quiero en primer lugar felicitarlo a usted y a los demás miembros de la Mesa por su elección como autoridades de esta Cuarta Comisión, augurándoles el mayor de los éxitos y asegurándole que puede contar con el pleno apoyo de la Argentina. Agradezco asimismo las palabras de la Sra. Presidenta de la Asamblea General, María Fernanda Espinosa Garcés.
La Argentina adhiere plenamente a las interevneciones pronunciadas por El Salvador (a nombre de la CELAC) y Uruguay (en representación de los miembros del MERCOSUR y Estados Asociados).
Señor Presidente:
El Comité Especial de Descolonización es el órgano rector del proceso descolonizador. La Argentina respalda plenamente la labor del Comité Especial para llevar a término un proceso iniciado hace más de 70 años y que derivó en la independencia de más de 80 antiguas colonias, así como en la resolución de otras situaciones coloniales especiales y particulares, con un criterio caso por caso, y actuando de conformidad con las disposiciones y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y los principios establecidos en la Declaración sobre la concesión de independencia a los países y pueblos coloniales de la Asamblea General.
Señor Presidente:
Los pueblos colonizados tienen el derecho de decidir libremente su estatuto político futuro, de conformidad con las disposiciones aplicables de la Carta, la Declaración y las resoluciones pertinentes de la Asamblea General. La Argentina ha defendido y continuará defendiendo el derecho a la libre determinación de los pueblos en todos aquellos casos en que tal derecho resulte aplicable.
Sin embargo, el principio de libre determinación, como todo principio, no es absoluto. De conformidad con el derecho internacional, tal como fuera reconocido por la Asamblea General en su resolución 1514 (XV), la libre determinación no debe ser utilizada como pretexto para quebrantar la integridad territorial de los Estados existentes.
En este marco debe ser entendida la situación colonial especial y particular conocida como la "Cuestión de las Islas Malvinas", que involucra la disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.
El origen de dicha disputa se remonta a 1833, cuando el Reino Unido ocupó las Islas Malvinas por la fuerza y procedió a expulsar a las autoridades argentinas y a la población allí establecida. El Estado argentino se encontraba en legítimo ejercicio de su soberanía sobre el territorio que había heredado de España de conformidad con el derecho internacional. Posteriormente, el Reino Unido procedió a llevar a sus propios colonos al territorio y a establecer estrictos controles migratorios que han ido variando a lo largo de los años pero cuyo objetivo ha permanecido inmutable: configurar la composición demográfica del territorio para adecuarla a sus propios intereses. La República Argentina nunca consintió esta ocupación.
Teniendo en cuenta estas circunstancias, la Asamblea General adoptó en 1965 la resolución 2065 (XX) mediante la cual se reconoce la existencia de la referida disputa de soberanía, al tiempo que precisa que el único modo de resolverla es mediante negociaciones entre los gobiernos de la Argentina y el Reino Unido, teniendo en cuenta los intereses de los habitantes de las islas.
Ello fue así porque la Asamblea entendió que no existe en las Islas Malvinas un pueblo sometido a dominación colonial extranjera, prerrequisito necesario, establecido en la resolución 1514 (XV), para la aplicación del principio de libre determinación. Ese criterio se ha mantenido en las más de 40 resoluciones adoptadas por la Asamblea General y el Comité Especial de Descolonización desde 1965, la más reciente de ellas, el 21 de junio de 2018. Incluso, en 1985, la Asamblea General rechazó dos intentos de enmienda que procuraban incorporar una referencia a dicho principio en la resolución sobre la cuestión de las Islas Malvinas, reafirmando el carácter especial y particular del caso y la necesidad de reanudar las negociaciones para solucionarlo.
En el marco de la resolución 2065 (XX) y por casi dos décadas, la Argentina y el Reino Unido mantuvieron negociaciones sustantivas en cuyo marco consideraron varias propuestas de solución, efectuaron compromisos y concesiones, y hasta hubo documentos redactados, acordados e incluso inicialados por los negociadores, en los que el Reino Unido aceptó reconocer la soberanía argentina sobre las islas. Lamentablemente, estas propuestas nunca llegaron a concretarse.
La naturaleza bilateral de la disputa no implica de manera alguna desconocer los intereses de los habitantes de las islas ni que éstos deban abandonar su modo de vida. Por el contrario, en la Constitución Nacional de la República Argentina se establece el compromiso de todos los argentinos de respetar el modo de vida de los isleños. Durante el período en el que tuvieron lugar las negociaciones sobre soberanía, la Argentina y el Reino Unido desarrollaron en paralelo conversaciones especiales sobre aspectos prácticos que hacían al bienestar de la población de las islas. En dicho marco, trabajando conjuntamente con el Reino Unido, pudimos establecer servicios aéreos y marítimos regulares y comunicaciones postales, telegráficas y telefónicas y la Argentina brindó asistencia a los habitantes de las islas en materia de salud, educación, agricultura y tecnología.
El conflicto de 1982 – que tuvo lugar cuando la Argentina era gobernada por una junta militar – no alteró la naturaleza jurídica de la disputa ni mucho menos la resolvió. Así lo entendió la Asamblea General que en la resolución 37/9 de noviembre de 1982 y posteriores, instó a ambas partes a la reanudación de las negociaciones bilaterales y encomendó al Secretario General la misión de buenos oficios a fin de ayudarlas a cumplir lo solicitado por la Asamblea General en sus resoluciones, es decir, resolver de manera pacífica la disputa de soberanía.
Desde entonces, el Reino Unido no ha encaminado los llamados a favor de las negociaciones formulados reiteradamente por la Comunidad Internacional. Ésta se ha manifestado no solamente a través de las Naciones Unidas, sino también con pronunciamientos de la Organización de Estados Americanos, el Grupo de los 77 y China, CELAC y MERCOSUR, así como de otros foros regionales y bi-regionales. La Argentina expresa su profundo agradecimiento a este amplio respaldo.
Señor Presidente:
La asunción del Presidente Mauricio Macri en diciembre de 2015 ha inaugurado una nueva fase en la relación con el Reino Unido, basada en la construcción de confianza mutua y en el diálogo amplio y positivo.
A fin de promover una mayor conectividad entre el territorio continental argentino y las Islas Malvinas, y estrechar de esta forma los lazos con sus habitantes, ambos gobiernos hemos desplegado gestiones ante los países vecinos del MERCOSUR, y nos encontramos analizando las distintas propuestas para poder establecer un vuelo adicional a la frecuencia semanal que hoy ya existe.
De la misma forma luego de catorce años se ha vuelto a reunir el Subcomité Científico de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur alentados por la vocación compartida de preservar los recursos naturales en esa área.
Asimismo, en el marco de la colaboración bilateral con la asistencia del Comité Internacional de la Cruz Roja, ha sido posible identificar los restos de 100 soldados argentinos que se encontraban sepultados sin identificar en el Cementerio de Darwin en las Islas Malvinas. Los familiares de quienes fueron identificados viajaron a las Islas en marzo de 2018 y su presencia fue acogida con excelente disposición y respeto por los habitantes de las islas, a quienes reiteramos nuestro agradecimiento.
Es precisamente en este marco de ampliación de la relación bilateral con espíritu constructivo que la Argentina exhorta al gobierno del Reino Unido a que ponga fin a la realización de actos unilaterales en el área de la controversia, de conformidad con la resolución 31/49 de la Asamblea General.
Señor Presidente:
La Argentina reafirma sus legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, y renueva su apego al principio de solución pacífica de controversias y su plena confianza en que el nuevo clima en la relación con el Reino Unido contribuirá a crear las condiciones para que ambos gobiernos podamos sentarnos a la mesa de negociaciones, con el fin de resolver esta prolongada controversia de soberanía.
Muchas gracias.