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Diálogo interactivo con el Presidente del Comité de Desapariciones Forzadas y el Presidente del Grupo de Trabajo Declaración conjunta con Francia

Intervención del Representante Permanente de la República Argentina, Embajador Martín García Moritán

18 de octubre

Muchas gracias señor Presidente,

Francia y la Argentina han apoyado y apoyan firmemente el mandato y el trabajo del Comité y del Grupo de Trabajo,  cuya labor consideramos esencial para luchar contra las desapariciones forzadas.

La adopción por la Asamblea General en diciembre de 2006 de la Convención para la Protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y su entrada en vigor en diciembre del año 2010 marcaron los pasos esenciales para la promoción de estos instrumentos de protección multilateral a los que Francia y la Argentina están profundamente comprometidos.

El establecimiento de un sistema legal internacional cada vez más sofisticado a lo largo de los años refleja la mayor conciencia de la comunidad internacional sobre la importancia del tema.

Cabe destacar que  los Ministros de Relaciones Exteriores de Francia y la Argentina lanzaron, en abril de este año, una campaña de concientización universal para invitar a los Estados a ratificar la Convención para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. Todavía es una convención joven,  posee hasta el momento 59 Estados Partes. En ese respecto, Francia y la Argentina celebran la reciente decisión de Gambia de adherirse a la Convención.

Asimismo, se debe tener presente que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha solicitado una mayor movilización internacional sobre el tema. Francia y la Argentina se encuentran comprometidas a colaborar y avanzar hacia la universalización de la Convención.

Nuestros países acogen con satisfacción las conclusiones de la última reunión del Comité sobre Desapariciones Forzadas, en particular su decisión de establecer un grupo de trabajo para la elaboración de directrices sobre la obligación establecida por la Convención de buscar y localizar personas desaparecidas. En ese sentido, nos gustaría saber cómo los Estados Partes trabajarán con estas nuevas directrices.

Muchas gracias.