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INTERVENCIÓN ARGENTINA SOBRE REFORMA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD "Representación Regional"

Intervención del Representante Permanente de la República Argentina, Embajador Martín García Moritán

4 de marzo

 

Señoras co-facilitadoras:

Permítanme en primer lugar agradecer la convocatoria de esta reunión para intercambiar puntos de vista sobre la cuestión de la “representación regional” en la reforma del Consejo de Seguridad, así como felicitarlas por la forma en que han conducido la reunión de febrero pasado.

Quisiera señalar que mi Delegación se asocia con la intervención que formulara la distinguida Representante Permanente de Italia  en nombre de “Unidos por el Consenso”.

 

Señoras co-facilitadoras:

En esta segunda sesión han propuesto para nuestras deliberaciones un tema que claramente evidencia incongruencias y cuestionamientos, sobre el que es necesario debatir con profundidad y sobre el que seguramente seguiremos discutiendo mañana. Entre los Grupos que promueven nuevas bancas permanentes, el abordaje de éste tema es disímil. Están quienes solicitan bancas permanentes para su región y quienes se consideran candidatos para obtener bancas permanentes pero que no cuentan con un endoso regional. Asimismo, están quienes apoyan a unos y otros pero aseveran que la representación regional en la categoría de miembros permanentes no existe pues no figura en la Carta de Naciones Unidas.

Como es sabido, Argentina no propicia la creación de nuevas categorías  de miembros en el Consejo de Seguridad que acentúen la desigualdad entre los miembros de las Naciones Unidas  y que vulneren el principio de la igualdad soberana de los Estados. No obstante y como resultado de estas negociaciones estamos en condiciones de apoyar mandatos más extensos y la posibilidad de reelección de cualquier miembro no permanente, con un cupo por región, si esa es la voluntad de la mayoría respectiva de Estados Miembros expresada en la Asamblea General.

 

Señoras co- Facilitadoras:

El concepto de representación regional, en el caso de los miembros no permanentes y a la luz del artículo 23 de la Carta, va de la mano de una participación más equitativa en el Consejo de Seguridad así como del principio de rendición de cuentas. Ambos principios han formado parte de una posición histórica que mi país ha presentado cada vez que se trató el tema de la reforma del Consejo.

En tal sentido, los criterios que deben gobernar la elección de los miembros “no-permanentes” son aquellos muy sabiamente incluidos en la propia Carta, o sea: las contribuciones de los Estados Miembros al mantenimiento de la paz y seguridad internacionales y a los otros propósitos de la Organización y el asegurar una distribución geográfica equitativa.

 

Señoras co- Facilitadoras:

En Unidos por el Consenso hemos propuesto precisamente un modelo de expansión del Consejo de Seguridad que prevé una mejor participación de las regiones sub-representados, así como una oportunidad para aquellos Estados Miembros dispuestos a realizar una contribución aún mayor a la labor del Consejo.

Argentina siempre ha sostenido que crear o preservar oportunidades de participación debe ser la principal preocupación de todos en esta Organización. Tal es así que los criterios de multilateralismo restringido y excluyente  no reflejan las nuevas realidades. 

 

Señoras co-facilitadoras:

No se puede negar que los miembros permanentes del Consejo de Seguridad han representado sólo sus propios intereses nacionales, y ello debido a que la permanencia no permite transparencia ni rendición de cuentas.

Más aún, la Argentina continua sosteniendo que la incorporación de nuevos miembros permanentes no asegurará mayor participación de los que hoy no están representados en el órgano, y que la única manera de lograr este objetivo es a través de un sistema basado en la elección, donde la voluntad de los representados brinde legitimidad a sus representantes.

Muchas gracias.