“El Estado de Derecho en el orden interno e internacional”
Señor Presidente,
La delegación argentina adhiere a la intervención pronunciada por Chile en nombre CELAC.
Señor Presidente, esta sesión de la Asamblea General fue precedida por un evento de alto nivel sobre el estado de derecho a nivel interno e internacional. La Argentina elogia el compromiso de todos los Estados Miembros en las consultas que llevaron al documento final, y agradece los esfuerzos de México y Dinamarca, co-facilitadores de dicho documento.
Señor Presidente, el fortalecimiento del estado de derecho involucra varios aspectos cruciales:
a) la creación de capacidades: las Naciones Unidas están involucradas en el fortalecimiento del Estado de Derecho en numerosísimos Estados Miembros de todas las regiones, en todos los contextos, desde la prevención de conflictos y el mantenimiento de la paz hasta el desarrollo. Para esas actividades, es esencial el compromiso de los Estados Miembros a través de su participación en las Misiones de Paz de las Naciones Unidas.
Ello es particularmente importante en las situaciones de conflicto o de post-conflicto. Al respecto, al establecer los mandatos, se debe abordar con la prioridad debida la capacidad de asegurar la vigencia del estado de derecho, en particular el fortalecimiento de los poderes judiciales internos y los sistemas de policía. Este objetivo hace a la tarea propia del Consejo de Seguridad, y se ha visto plasmado, cada vez más, en los mandatos de este órgano.
b) la lucha contra la impunidad: el sometimiento ante la justicia de los responsables de violaciones graves de los derechos humanos es esencial. Afortunadamente, la comunidad internacional ha superado el paradigma “justicia versus paz” en situaciones de conflicto o de post-conflicto, en el que acuerdos de índole política dejaban a un lado la búsqueda de la justicia a través de amnistías de jure o de facto. Hoy, justicia y paz son objetivos no sólo compatibles, sino también complementarios.
En relación con lucha contra la impunidad, la comunidad internacional es testigo de la notable evolución de la justicia criminal internacional. Ese proceso, cuyo germen estuvo en Nürenberg y Tokio, avanzó con el establecimiento de los Tribunales ad-hoc para Ruanda y la ex-Yugoslavia. A partir de 1998, con la conclusión del Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional, la lucha contra la impunidad ha evidenciado una clara transición hacia un sistema permanente de justicia penal internacional fundado en la Corte.
La Corte Penal Internacional, que celebra este año su décimo aniversario, es uno de los logros más significativos de la comunidad internacional. En 1998, no se esperaba que el Estatuto fuera a entrar en vigor en tan corto tiempo, y mucho menos que a poco más de diez años de la adopción de ese instrumento, la Corte estuviera ya desempeñando un rol tan central en la lucha contra la impunidad. La lucha contra la impunidad respecto de los crímenes del Estatuto de Roma requiere en muchos casos un fortalecimiento de los sistemas judiciales y de investigación internos, dado que la Corte Penal Internacional, en virtud del principio de complementariedad, no actúa “en lugar de” la justicia interna, sino que tiene un rol subsidiario.
Quisiera destacar el avance que se ha evidenciado en la comunidad internacional en el desarrollo de normas y estándares relativos al derecho a la verdad, el derecho a la justicia, el derecho a la reparación y las garantías de no repetición, como pilares para combatir la impunidad. El derecho a la verdad implica, por ejemplo, el establecimiento de comisiones de la verdad o comisiones de investigación de los hechos, la preservación de archivos, la identificación tanto de las víctimas – mediante métodos tales como las exhumaciones o la genética forense- como de los perpetradores de las violaciones graves de derechos humanos y la determinación de las causas, hechos y circunstancias en que se cometieron tales violaciones. El derecho a la justicia conlleva la provisión de tribunales domésticos o internacionales, comisiones internacionales contra la impunidad, y la protección de testigos. El derecho a la reparación puede ser expresado a través de compensaciones, restituciones, monumentos y actos conmemorativos, disculpas públicas, entre otros. La garantía de no repetición se relaciona con el desarme, la desmovilización, la reforma institucional y el control del sector de la seguridad por parte del poder civil. En 2011, el Consejo de Derechos Humanos estableció un Relator Especial de Naciones Unidas para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y la garantías de no repetición en casos de violaciones graves de los derechos humanos así como de violaciones serias de derecho internacional humanitario. Damos la bienvenida a la designación del Sr. Pablo de Greiff (Colombia) como Relator Especial el pasado mes de mayo de 2012.
c) La solución pacífica de controversias: la solución pacífica de controversias es uno de los pilares de la comunidad internacional moderna. En el esquema de la Carta, la Corte Internacional de Justicia juega un rol central -que heredara de la Corte Permanente de Justicia Internacional- como órgano judicial principal de las Naciones Unidas.
En adición a la Corte, también corresponde destacar el papel de otros tribunales especializados en ramas particulares del derecho internacional, entre los cuales mi país desea destacar al Tribunal Internacional sobre el Derecho del Mar, órgano judicial establecido por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar como parte de su régimen específico para la solución de controversias. Mi país es una de las 29 Partes en la Convención que ha aceptado la jurisdicción del Tribunal del Mar.
Pero en la solución de las controversias internacionales también existen otros métodos, a los que también se refiere la Carta, y ellos son mencionados también en la Declaración de la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el Estado de Derecho, adoptada el pasado 24 de septiembre. A este respecto, mi país estima pertinente destacar la necesidad de que las partes en una controversia cumplan, de buena fe, los llamados a negociar que, con el fin de coadyuvar a la solución pacífica de una controversia, hagan o hayan hecho los órganos de la organización, incluida la Asamblea General. Por su parte, los Estados ajenos a una controversia deben asimismo abstenerse de conductas susceptibles de frustrar el cumplimiento de la obligación de las partes en ella de resolverla pacíficamente.
Entre los medios de solución pacífica a disposición de la organización y sus Estados miembros se debe destacar, asimismo, el rol de buenos oficios que la organización puede encomendar al Secretario General.
La posibilidad de que una misión de buenos oficios o cualquier otro medio de solución pacífica pueda alcanzar su objeto y fin depende del cumplimiento de buena fe de las obligaciones que pesan sobre las partes en esos procedimientos.
Señor Presidente,
Permítame en este año, en que se cumple el 30° aniversario de la apertura a la firma de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, rendir tributo a este instrumento por su contribución a la paz, la seguridad, la cooperación y las relaciones de amistad entre las naciones.
Finalmente, Señor Presidente, el examen del tema no estaría completo sin hacer referencia al rol de la cooperación y concertación regional para el fortalecimiento del Estado de derecho. La Argentina destaca el compromiso de la región Latinoamericana con la vigencia y el fortalecimiento del estado de derecho, en particular la adopción de cláusulas democráticas en los mecanismos de integración regionales.
En este sentido, la Argentina ha impulsado mecanismos regionales de fortalecimiento del orden democrático, como la Carta Democrática Interamericana, el Compromiso Democrático del MERCOSUR, la “Cláusula Democrática” de la Unión Sudamericana de Naciones (UNASUR), la Declaración Especial sobre “la Defensa de la Democracia y el Orden Constitucional en Iberoamérica” y la negociación en curso de la “Cláusula Democrática” a adoptarse en el marco de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC). La Argentina quisiera una vez más reafirmar su firme compromiso con la preservación de las instituciones democráticas, el estado de derecho, el orden constitucional, la paz social y el respeto irrestricto de los derechos humanos, y reafirma que debe ser rechazado cualquier intento de alterar la institucionalidad democrática.
Muchas gracias.
Misión Permanente Argentina ante Naciones Unidas