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Cuarta Comisión (Política Especial y de Descolonización)

La Cuarta Comisión se ocupa de una amplia variedad de temas como la descolonización, la cooperación internacional para el uso del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, los efectos de las radiaciones atómicas, la asistencia a los refugiados palestinos, las cuestiones relativas a la información, las operaciones para el mantenimiento de la paz y las misiones políticas especiales, así como las actividades relativas a las minas (de tratamiento bienal) y la Universidad para la paz (de tratamiento trienal).

Descolonización

El proceso de descolonización constituye uno de los principales éxitos de las Naciones Unidas. Bajo los auspicios de la Organización, más de 80 naciones cuyos pueblos estaban anteriormente bajo dominación colonial han pasado a formar parte de las Naciones Unidas como Estados soberanos e independientes. Asimismo, muchos otros pueblos antes sometidos a dominación colonial han alcanzado la libre determinación mediante la asociación política o la integración con otros Estados independientes.

Sin embargo, las Naciones Unidas aún no han alcanzado la meta de una descolonización completa, ya que subsisten 17 Territorios no autónomos a ser descolonizados, siguiendo un enfoque caso por caso, de conformidad con las resoluciones y decisiones pertinentes de las Naciones Unidas en la materia.

Uno de los hitos principales del proceso descolonizador fue la adopción, en 1960, de la “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales”, contenida en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, la cual proclamó solemnemente la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas su formas y manifestaciones, estableciendo a dicho efecto los dos principios rectores que han de guiar la descolonización: (1) la libre determinación de los pueblos sujetos a subyugación, dominación y explotación extranjeras y (2) la integridad territorial de los Estados.

La República Argentina tradicionalmente ha dado su pleno apoyo al proceso de descolonización llevado a cabo por las Naciones Unidas, de conformidad con las disposiciones y objetivos de la Carta, los principios enunciados en la resolución 1514 (XV) y las disposiciones de otras resoluciones pertinentes sobre descolonización de la Asamblea General. En tal sentido, la Argentina ha dado muestras de su firme compromiso con la erradicación del colonialismo en todas sus formas desde el inicio de este proceso, estableciendo una estrecha colaboración con el Comité Especial de Descolonización. Asimismo, ha participado activamente en los Seminarios Regionales sobre Descolonización realizados anualmente por ese órgano, de forma alternada, en el Caribe y el Pacífico, regiones donde está ubicada la mayoría de los Territorios no autónomos restantes.

De singular importancia para la República Argentina resulta una de las cuestiones coloniales que se encuentran en la agenda de las Naciones Unidas: la Cuestión de las Islas Malvinas, que involucra la disputa de soberanía mantenida con el Reino Unido sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes; caso colonial al que, por lo tanto, no resulta aplicable el principio de libre determinación.

Para mayor información sobre el tema de descolonización tratado por la Cuarta Comisión se sugiere visitar el sitio oficial de las Naciones Unidas: http://www.un.org/es/decolonization/

Medio Oriente y la Cuestión Palestina

La República Argentina tradicionalmente ha mantenido una posición de firme apoyo al proceso de paz en el Oriente Medio, dentro del esquema conceptual previsto en las resoluciones 242 (1967), 338 (1973), 1397 (2002) y 1515 (2003) del Consejo de Seguridad, los términos de referencia de Madrid, en particular el principio de territorio por paz y los acuerdos vigentes entre las partes.
 

En ese marco, la Argentina apoya al derecho a la libre determinación del pueblo palestino, incluso al establecimiento de un Estado independiente y al mismo tiempo reconoce el derecho de Israel de vivir en paz con sus vecinos dentro de fronteras seguras e internacionalmente reconocidas.
 

En reiteradas oportunidades la Argentina ha expresado su profunda preocupación por la escalada de violencia y terrorismo que ha dejado un saldo de miles de muertos y heridos, impide avanzar hacia la resolución del conflicto del Medio Oriente y agrava el sufrimiento de los pueblos palestino e israelí.
 

La Argentina respalda la labor llevada que desde 1950 lleva adelante el  Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) para asistir a los refugiados palestinos en Jordania, Líbano, Siria, la Franja de Gaza y Cisjordania. El OOPS ofrece no sólo asistencia humanitaria, sino además salud, educación, servicios sociales, vivienda y alimento a los refugiados palestinos, y tiene por objeto  crear las capacidades que brinden oportunidades de futuro a los refugiados palestinos.

Cuestiones relativas a la información

La Delegación argentina tiene un activo papel para asegurar, en el marco de la Cuarta Comisión y del Comité de Información (COI), la promoción y mejor entendimiento de los objetivos y labor de las Naciones Unidas a través de la difusión del mensaje de la Organización en una amplia variedad de temas de alta importancia e interés para la comunidad internacional.
 

Reconociendo los esfuerzos llevados adelante por el Departamento de Información Pública para integrar el multilingüismo en todas sus actividades, la Argentina interviene en defensa de la plena paridad en el uso de los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas, a cuyo fin alienta el desarrollo el desarrollo de soluciones creativas sin costo adicional y de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General.
 

La Argentina apoya la labor de los Centros de Información de las Naciones Unidas (CINU), un elemento vital para la difusión del mensaje de la Organización, en particular el papel que el Centro de Información de las Naciones Unidas tiene en la Argentina, con jurisdicción también en el Uruguay. El CINU de la ciudad de Buenos Aires ha sido, desde su establecimiento en 1948, “la voz” en español del Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas, sensibilizando a un numeroso público y movilizando su apoyo en pro de las Naciones Unidas en el plano local y regional.

Para más información sobre los temas tratados por la Cuarta Comisión durante el presente período de sesiones de la Asamblea General se sugiere visitar su página oficial

Cuestión de las Islas Malvinas en las Naciones Unidas.

De singular importancia para la República Argentina resulta una de las cuestiones coloniales que se encuentran en la agenda de las Naciones Unidas: la Cuestión de las Islas Malvinas que involucra la disputa de soberanía mantenida con el Reino Unido sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.
La Cuestión de las Islas Malvinas fue inscripta en 1946 por el Reino Unido como una cuestión colonial respecto de la cual debía transmitir información de conformidad con lo dispuesto por el inciso e) del artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas.

El Comité Especial de Descolonización y la Asamblea General de las Naciones Unidas han reconocido en múltiples ocasiones que la “Cuestión de las Islas Malvinas” constituye un caso colonial “especial y particular” no asimilable a la situación de otros territorios no autónomos. Esta especificidad ha sido puesta de manifiesto por la Asamblea General desde la adopción de su resolución 2065 (XX) y otras resoluciones subsiguientes, incluidas todas las adoptadas sobre este tema por el Comité Especial de Descolonización, las cuales expresan el reconocimiento explícito de la comunidad internacional de la existencia de una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido que debe ser solucionada a través de la reanudación de las negociaciones bilaterales. A través de estos pronunciamientos, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha definido con toda precisión que el principio de la libre determinación no resulta aplicable a la “Cuestión de las Islas Malvinas”. Esta doctrina fue confirmada por la misma Asamblea General en 1985 al rechazar por amplia mayoría dos propuestas de enmiendas que pretendían vincular la cuestión de las Islas Malvinas con el principio de libre determinación.
 

En el marco del proceso de descolonización, la República Argentina ha mantenido una posición permanente de firme defensa de la aplicación del principio de la libre determinación a los “pueblos” sometidos a un poder colonial, toda vez que las circunstancias del caso condujeron a las Naciones Unidas a concluir que correspondía aplicarlo. Sin embargo, en la “Cuestión de las Islas Malvinas” se ha descartado expresamente la aplicación de dicho principio por cuanto no existe en este caso un “pueblo” sujeto a la subyugación, dominación o explotación colonial extranjera sino un conjunto de súbditos de la potencia colonial que no pueden distinguirse del colonizador pues se trata de los descendientes de los pobladores que la potencia ocupante trasplantó ilegalmente a esos territorios luego de consumar un acto de usurpación en 1833, expulsando por la fuerza a la población y autoridades argentinas legítima, pacífica y públicamente establecidas en las islas.

Pretender brindar a los actuales habitantes de las islas -que gozan de la ciudadanía británica plena- el derecho a la libre determinación, significaría aceptar que se constituyan en árbitro de una controversia territorial de la cual su propio país es parte y convalidar un acto de usurpación que ha provocado el quebrantamiento de la integridad territorial de la República Argentina.
 

Cabe recordar al respecto que la aplicación del principio de la libre determinación no puede autorizar o fomentar el quebrantamiento total o parcial de la integridad territorial de un Estado soberano e independiente. Así lo consagra la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, en su párrafo 6° al declarar que “todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”.
 

El pueblo y Gobierno argentinos asignan una gran importancia y prioridad a la recuperación del ejercicio efectivo de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. Constituye éste un objetivo permanente e irrenunciable que sólo puede ser llevado a cabo por la vía pacífica de las negociaciones. Este objetivo ha sido consagrado por la Constitución Nacional argentina. Asimismo, se ha otorgado rango constitucional al respeto por el modo de vida de los habitantes de las Islas y, en reiteradas oportunidades, se ha manifestado la disposición a negociar salvaguardias y garantías que así lo aseguren.
 

A pesar del reiterado llamamiento internacional a ambas partes a reanudar las negociaciones y la permanente disposición manifestada por la Argentina en dicho contexto, aún no ha sido posible reanudar las negociaciones bilaterales sobre soberanía frente a la intransigencia del Reino Unido a dar cumplimiento a dicha obligación internacional. La Argentina confía en que la misión de buenos oficios vigente encomendada al Secretario General por la Asamblea General permita el reinicio del diálogo sobre la disputa de soberanía, a fin de alcanzar una solución justa y duradera a la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.
 

Para mayor información, consultar: Cancilleria.gov.ar