Intervención de la
Consejero Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Embajador Susana Ruiz Cerutti
Ante todo, quisiera reconocer, como han hecho otros, que hoy se conmemora el Día Humanitario Mundial, y con ello el homenaje de la Argentina a quienes en la asistencia humanitaria han dado su vida.
Deseo agradecer la participación del Secretario General, de la Alta Comisionada Navi Pillay, de la Sra. Valerie Amos, titular de OCHA, y del Sr. Philip Spoerri, del CICR.
La Argentina considera que es menester que el Consejo de Seguridad continúe comprometido con la protección de los civiles en conflictos armados, con el fomento del cabal respeto del derecho internacional, en particular el derecho humanitario, el derecho de los derechos humanos, y el derecho de los refugiados, así como con la lucha contra la impunidad.
En su último informe, que data de 2012 (S/2012/376), el SG indicó que “el estado de la protección de los civiles sigue siendo pésimo”. Si bien tenemos la esperanza de que el próximo informe indique una evolución favorable, el Consejo de Seguridad continúa recibiendo información sobre situaciones en las que la falta de distinción entre combatientes y población civil tiene como consecuencia civiles muertos, heridos y desplazados, y situaciones en que existen serios impedimentos de distinto tipo y hasta ataques al acceso de la asistencia humanitaria.
Ante ello, es imperativo recordar las obligaciones que derivan de los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, de sus Protocolos adicionales de 1977, de las Convenciones de La Haya de 1899 y 1907, del derecho de los derechos humanos y del derecho de los refugiados, así como del derecho internacional consuetudinario.
Pero también es necesario traducir esas obligaciones en mejoras tangibles en el terreno. Es a la luz de esta necesidad que quisiera destacar algunos puntos:
El primer reto básico es promover el cumplimiento de las normas. En mayo de 2013, Noruega, en cooperación con la Argentina y otros países, organizó la Conferencia Global sobre la Protección de Civiles bajo el Derecho Internacional Humanitario (“la Conferencia de Oslo”), que reunió alrededor de 300 participantes, incluidos 94 Estados.
Las conclusiones de la Conferencia están en línea con las del Secretario General en su último informe respecto de la necesidad de promover el cumplimiento del derecho internacional humanitario por parte de los Estados y otras partes en un conflicto armado.
Al respecto, es importante el compromiso de los Estados Miembros con la difusión del conocimiento del derecho internacional humanitario. En la Argentina, ha sido incorporado como uno de los aspectos salientes del derecho internacional en la currícula de varias Facultades de Derecho, así como en la formación de las fuerzas armadas. Asimismo, uno de los talleres organizados en conexión con la Conferencia de Oslo tuvo lugar en Buenos Aires en 2011. Uno de los objetivos de los talleres ha sido promover, a través de recomendaciones prácticas, el cumplimiento del derecho internacional humanitario.
Asimismo es necesario garantizar el respeto del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho de los refugiados, dado que, con independencia de la existencia de un conflicto armado, los Estados deben respetar todo el ordenamiento jurídico dirigido a la protección de los civiles.
En lo que hace a la acción del Consejo de Seguridad, la Argentina desea destacar la necesidad de que las operaciones de mantenimiento de la paz cumplan con el derecho internacional humanitario y recordar a este respecto el Boletín del Secretario General relativo a la Observancia de ese ordenamiento por fuerzas de las Naciones Unidas (ST/SGB/1999/13). Asimismo, es menester continuar incluyendo las actividades de protección en los mandatos de las misiones de las Naciones Unidas en el terreno, que éstos estén desarrollados con claridad y que dichas operaciones cuenten con los recursos necesarios de forma efectiva y oportuna.
En la Argentina, con la colaboración del CICR, se dictan cursos de derecho humanitario a las fuerzas armadas, con particular énfasis en aquellas que participan en los contingentes argentinos de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas. Además, la Comisión de Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (CADHI) elaboró un manual sobre el Derecho Internacional de los conflictos armados para la conducción de las fuerzas armadas en operaciones, que compila la normativa de derecho internacional humanitario.
En lo que hace a la asistencia humanitaria, las partes en un conflicto deben hacer todos los esfuerzos para que se garantice el efectivo y oportuno acceso a la acción humanitaria, incluidos los cargamentos y materiales. Ese tipo de asistencia goza de protección especial por parte del derecho internacional humanitario, por lo que es preocupante que en numerosas situaciones se planteen trabas burocráticas al acceso de la asistencia humanitaria o incluso la mera denegatoria.
La investigación de los hechos es otro aspecto crucial. Los mecanismos imparciales son esenciales para la investigación de las violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos. Además de las Comisiones de Investigación ad hoc que puedan establecerse, incluso las establecidas por el Consejo de Derechos Humanos, existe la Comisión Internacional Humanitaria de Encuesta prevista en el Protocolo I a los Convenios de Ginebra de 1949. Quisiera destacar que el Consejo de Seguridad, en su Resolución 1894 y en la Declaración de la Presidencia 2 del 2013, el Consejo de Seguridad reconoció la posibilidad de recurrir a esa Comisión.
Por otra parte, la Argentina reconoce como fundamental el fortalecimiento de los procesos de rendición de cuentas de los responsables de crímenes atroces. En mi país, debido a su trágica experiencia de la década de 1970, los sucesivos gobiernos luego de la recuperación de la democracia en 1983, adoptaron importantes medidas para asegurar la rendición de cuentas por las violaciones de derechos humanos ocurridas en la dictadura. En la última década, se logró la reapertura de causas judiciales en todo el país. Hasta hoy hay 1053 procesados, de los cuales 475 ya han sido juzgados conforme las garantías del debido proceso que establece la Constitución Nacional, de los cuales 430 han sido condenados y 45 absueltos.
En cuanto a la comunidad internacional, este Consejo estableció dos tribunales internacionales ad hoc, y hoy ya nos encontramos frente a un sistema de justicia internacional para los crímenes más graves centrado en un tribunal permanente: la Corte Penal Internacional establecida por el Estatuto de Roma de 1998. La Argentina apoyó firmemente su creación y es Parte en el Estatuto desde 2001.
Dado que la responsabilidad primaria de juzgar a los responsables recae en los Estados, es importante que los Estados Partes en el Estatuto de Roma adopten las normas necesarias a ese fin. La Argentina sancionó, en 2006, la Ley de implementación del Estatuto, que tipifica las conductas incriminadas en dicho instrumento y establece el régimen de cooperación judicial con la Corte (entrega y asistencia judicial) y de ejecución de sentencias.
La cooperación de todos los Estados con la Corte es esencial, en particular en cuanto a las órdenes de arresto. El Consejo de Seguridad, que se comprometió a hacer un seguimiento estrecho de las remisiones a la CPI en la Declaración de la Presidencia 2 del 2013, debería generar un mecanismo con ese propósito a la brevedad.
Quisiera finalizar reiterando que, conforme al derecho internacional humanitario y a las resoluciones de este Consejo, los ataques de cualquier tipo dirigidos contra los civiles u otras personas protegidas, así como el reclutamiento de niños y el entorpecimiento del acceso de la asistencia humanitaria, constituyen una violación del derecho internacional.
Por último, deseo una vez más, exhortar al estricto cumplimiento de las obligaciones que surgen de las Convenciones de La Haya de 1899 y 1907, de los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos de 1977, el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho de los refugiados y las decisiones del Consejo de Seguridad.
Muchas gracias