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Medidas para mejorar la promoción y protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas mayores " Grupo de trabajo de composición abierta sobre el envejecimiento

Intervención de la Secretaria Nacional de la Infancia, Adolescencia y Familia de Argentina

Dra. Yael Bendel

Muchas gracias Señor Presidente,

La Argentina viene realizando significativos avances en materia de protección y promoción de los derechos de las personas mayores, por lo que es necesario identificar desafíos y tareas que nos permitan construir un horizonte de trabajo para continuar este proceso de ampliación de derechos tendiente a mejorar la calidad de vida de las personas mayores.

Estamos próximos a que la Argentina ratifique la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos de las Personas Mayores – otorgándole de esta manera rango constitucional. La misma fue aprobada por la Organización de Estados Americanos en junio del año 2015, e impulsada fuertemente por nuestro país, quien ha liderado el proceso de discusión y de tratamiento de dicha iniciativa.

Esta Convención, que representa el primer instrumento jurídico internacional específico, busca promover y asegurar el reconocimiento y ejercicio de todos los derechos humanos de las personas mayores de la región, contribuyendo a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.

Así como fue posible la aprobación de un nuevo marco jurídico en la OEA, hoy se nos presenta como como un desafío pendiente para la Argentina y para el conjunto de los países latinoamericanos lograr impulsar y extender a escala global las discusiones en torno a dicha temática, a fin de favorecer y viabilizar el debate para la creación de una Convención de carácter mundial, que proteja los derechos de las personas mayores en el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas.

Señor Presidente,

Estamos comprometidos a que la Argentina consolide y profundice los avances que se han conquistado en materia de protección y promoción de los derechos de las personas mayores, no sólo en relación a los alcances de la cobertura previsional y el mejoramiento del Sistema de Seguridad Social, sino también en torno al conjunto de políticas sociales, orientadas al fortalecimiento de la participación comunitaria de las personas mayores, a la consolidación y promoción de una imagen positiva sobre la vejez, y a facilitar el acceso a todas las instancias que garanticen un envejecimiento activo y saludable.

Nuestro país se encuentra ante una población cada vez más envejecida. Actualmente el 15% de la población argentina tiene más de 60 años: el 42,8% de las personas mayores son varones, en tanto que el 57,1% son mujeres, lo cual refleja el carácter femenino que asume el envejecimiento en Argentina. Según las proyecciones del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), hacia 2040 se espera que la población mayor continúe incrementándose, representando el 20,5% de la población total.

La esperanza de vida al nacer para el 2015 es de 76,72 años para toda la población: para los varones asciende a 73,72 años, en tanto que para las mujeres es de 80,33 años. La expectativa de vida después de los 60 años es de 19.9 años para ambos sexos, teniendo en cuenta que en el caso de las mujeres es de 22,3 años, mientras que para los varones es de 17,4 años.

El Estado Argentino se compromete a trabajar en pos de reconocer y proteger a las personas mayores en sus derechos a la igualdad y no discriminación; en el derecho a la vida y dignidad en la vejez, derecho a la independencia y a la autonomía así como el  derecho a la participación e integración comunitaria.

El 97 % de la población mayor de Argentina goza del derecho a la seguridad social, es decir que tienen una jubilación y/o pensión contributiva o no contributiva (a la vejez) que además de garantizar un ingreso, le proporciona cobertura médica acorde con el sistema previsional.

Ante este escenario de envejecimiento poblacional, los desafíos son muchos y para afrontarlos, se necesita de la articulación y concertación de varios organismos. Si bien la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores (DINAPAM) dependiente de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, es el órgano rector de las políticas públicas orientadas a la población mayor, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) están involucrados en la temática.

En este sentido, este año, el Congreso de la Nación sancionó la Ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados N° 27.260.  Esta ley crea la Pensión Universal para el Adulto Mayor. Esta pensión es una prestación vitalicia y no contributiva, para las personas de 65 años de edad o más que no sean beneficiarios/as de jubilación, pensión o retiro. Establece, además, que los/as  titulares tendrán derecho a los servicios del INSSJYP (Servicio Nacional de Servicios  Sociales  para Jubilados y pensionados) - PAMI (Programa Asistencial Médica Integral (cobertura socio sanitaria).

Señor Presidente,

La Secretaría Nacional de Niñez Adolescencia y Familia tiene a su cargo el diseño y la implementación de políticas y acciones dirigidas a la protección y defensa de los derechos humanos de las personas mayores del país. Tiene como misión diseñar y ejecutar programas de promoción, protección e integración social de las personas mayores. Sus lineamientos están agrupados en diferentes áreas, cada una de las cuales llevan adelante acciones desde una mirada integral y desde un enfoque de derechos. Estos pueden resumirse en dos grandes áreas:

1. Sistema Progresivo de Atención

Esta área refiere a la implementación de líneas de acción que aseguren el acceso a la atención de calidad facilitando la instalación de un sistema progresivo de cuidados, contemplando la gradualidad y la complejidad de la vejez, desde la independencia a la fragilidad. 

Este eje se vincula con los siguientes derechos establecidos en la Convención Interamericana: los derechos a la dignidad en la vejez; a la independencia y autonomía; al consentimiento libre e informado; a la salud; los derechos de la persona mayor que recibe servicios de cuidado a largo plazo; la libertad personal; a la privacidad y a la intimidad; a la vivienda; a la accesibilidad y a la movilidad personal.

2. Educación, cultura y comunicación comunitarias:

En relación con los artículos de la Convención relacionados a libertad de expresión y de opinión y al acceso a la información; a la igualdad y no discriminación en razón de la edad; a la participación e integración; a la seguridad y una vida libre de violencia; a la cultura; educación; a la recreación, esparcimiento y al deporte; y a la reunión y libre asociación, esta área se plantea como propósito general promover espacios inclusivos socioculturales, educativos y de comunicación comunitaria para la participación de personas mayores.

Para concluir, Señor Presidente, la población de 60 años y más tiende a aumentar a un ritmo cada vez mayor, conformando un estrato progresivamente numeroso de personas envejecidas con nuevas y crecientes demandas en materia de seguridad social, salud, trabajo, educación, participación social y política. La transición demográfica, indefectiblemente va a acompañada de la transición epidemiológica, por lo que deberemos enfrentar la atención a  la dependencia y a requerir de cuidados de largo plazo en articulación con todos los actores sociales. Por ello, el reconocimiento de los derechos de las personas mayores constituye una cuestión impostergable, razón por la que, entendemos que las políticas públicas deben asegurar el acceso a los derechos plenos de los mayores de nuestro país.

Muchas gracias.