27 de Julio de 2011: Derecho Humano al agua y el saneamiento.
Muchas gracias señor Presidente,
Queremos agradecerle haber posibilitado llevar a cabo esta reunión plenaria, así como al Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia por su iniciativa respecto a la cuestión del derecho humano al agua y el saneamiento.
La Argentina apoya el desarrollo progresivo del derecho internacional de los derechos humanos teniendo en consideración que los principales tratados internacionales de derechos humanos, tanto en materia de derechos civiles y políticos como económicos, sociales y culturales, han pasado a constituir uno de los pilares fundamentales del ordenamiento jurídico argentino, a partir de su rango constitucional desde la reforma de la Constitución Nacional en 1994. En este contexto, la importancia de contar con agua potable y servicios básicos de saneamiento para proteger la salud humana y el medio ambiente han sido reconocidos por varios documentos internacionales que han contado con el apoyo argentino.
Del mismo modo, la Argentina entiende que es una de las responsabilidades principales de los Estados asegurar a sus habitantes el derecho al agua como una de las condiciones fundamentales para garantizar el derecho a la vida y para asegurar un nivel de vida adecuado.
En consonancia con esa posición, la Argentina ha votado a favor de la Resolución "El derecho humano al agua y el saneamiento" durante su tratamiento en la 64 Asamblea General. No obstante ello, la Argentina reitera lo sostenido en dicha ocasión, en el sentido que el derecho humano al agua y al saneamiento se trata de un derecho humano que cada Estado debe asegurar a los individuos sujetos a su jurisdicción y no respecto a otros Estados.
Esta posición se enmarca en la resolución 1803 (XVII) de la Asamblea General relativa a la soberanía permanente de los Estados sobre sus recursos naturales y, en el ámbito regional, en el párrafo 33 de la Declaración Ambiental de Caracas, adoptada el 29 de abril de 2011, en ocasión de la Reunión de Ministros de Ambiente de América Latina y el caribe, que expresa que: “El derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos. Los Estados de la Región, de conformidad con sus respectivos marcos jurídicos nacionales asegurarán este derecho a los individuos sujetos a su jurisdicción, ratificando la soberanía sobre sus recursos naturales.”
Muchas gracias.
Misión Permanente Argentina ante Las Naciones Unidas