Intervención del Representante Permanente de la República Argentina, Embajador Martín García Moritán
San José de Costa Rica
31 de octubre
Muchas gracias señor moderador,
En primer lugar, permítame agradecer a la Unidad de Desarrollo Social de la Sede Subregional de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y al Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) de Costa Rica, por la organización de este evento y por la gentil invitación a participar del mismo.
Tengo el honor de compartir el Panel con la Experta Independiente de las Naciones Unidas sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas de edad y con Denise Hauser de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, dos importantes aliadas en la lucha por la promoción y protección de los derechos humanos de las personas mayores en la agenda internacional de Naciones Unidas.
En mi capacidad de Representante Permanente de la Argentina ante Naciones Unidas tengo el honor de ocupar, desde febrero de 2017, la Presidencia del Grupo de Trabajo de Composición Abierta de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el Envejecimiento, lo que me permite experimentar de primera mano el estado actual y el desarrollo de los últimos del debate multilateral respecto a la promoción, la protección, el respeto y el goce de los derechos humanos de las personas mayores.
Mi país cuenta con una larga tradición de liderazgo a nivel nacional, regional e internacional respecto a la cuestión de los derechos humanos de las personas mayores.
La Argentina fue uno de los principales promotores de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada en el marco de la Organización de los Estados Americanos en 2015 (y que entró en vigor en agosto de 2016), así como de la creación del Grupo de Trabajo de Composición Abierta de la Asamblea General de Naciones Unidas sobre el Envejecimiento, creado en 2010 mediante la resolución 65/182 de la Asamblea General, y del mandato de la Experta Independiente sobre el Disfrute de Todos los Derechos Humanos por las Personas Mayores, creado en 2013 en el seno del Consejo de Derechos Humanos en Ginebra.
El tema del presente panel “La Agenda 2030 y la situación de las personas mayores”, nos permite analizar si la Agenda 2030 aborda eficazmente los desafíos que enfrentan las personas mayores en nuestras sociedades y su contribución al desarrollo.
La Argentina está convencida de que las personas mayores pueden realizar una contribución significativa al desarrollo, ya sea al social, al económico o al sostenible, tal como fuera reconocido por varias resoluciones de la Asamblea General y por la misma Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible. Sin embargo, para asegurar que las personas mayores contribuyan efectivamente al desarrollo de sus sociedades, ciertas garantías deben ser provistas. En tal sentido, el efectivo ejercicio de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores es un requisito imprescindible para asegurar su efectivo aporte al desarrollo social.
La Agenda 2030 realiza referencias explicitas a las personas mayores en las metas del Objetivo 2, relativo a la erradicación del hambre y el Objetivo 11 sobre ciudades y asentamientos humanos inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.
¿Por qué aquellas metas vinculadas a la salud, la equidad de género, el empleo y la educación no abordan la situación especifica de los adultos mayores?
Para una mejor comprensión de la falta de visibilidad de las personas mayores en la agenda 2030, me gustaría partir de la siguiente premisa: a efectos de garantizar una mayor presencia de las personas mayores en la Agenda 2030, resulta necesario tener en claro cuáles son las obligaciones de los Estados para garantizar el efectivo goce de sus derechos humanos.
En la misma línea la Experta Independiente, Sra. Kornfeld, aborda en su último informe esta cuestión, en el que señala que actualmente no existe ningún instrumento universal de derechos humanos específicamente dedicado a los derechos de las personas de edad. Por tanto, hoy día no se cuenta con disposiciones específicas sobre las personas de edad análogas a las que existen respecto de otros grupos que requieren atención especial.
En ese respecto, indica que la ausencia de un instrumento jurídico específico también puede explicar la falta de atención a los problemas concretos de las personas de edad en el marco normativo mundial, en particular los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que guía las actividades de las Naciones Unidas sobre el terreno. Atento a ello, resulta fundamental que la realización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible se base en el marco normativo a fin de garantizar el carácter inclusivo y sostenible de los logros a lo largo del tiempo.
Teniendo en cuenta que las personas mayores son el grupo etario de mayor crecimiento proyectado en los próximos años en todas las sociedades del mundo, y el hecho de que en 2050 el número de personas mayores superará tanto al número de niños como al número de jóvenes en el mundo, cualquier estrategia de desarrollo sostenible debe incluir a las personas mayores como agentes de cambio. Es imposible alcanzar un desarrollo sostenible y duradero si dejamos atrás al grupo social de mayor crecimiento.
Es necesario pasar de un enfoque que considera a las personas mayores como sujetos pasivos, objeto de políticas destinadas a su inclusión social o a la provisión de cuidados especiales, a un enfoque modernizado y multifacético que considere a la persona adulta mayor como un sujeto activo de derechos, agente y beneficiario del cambio.
En tal sentido, estamos convencidos de que a fin de empoderar a las personas mayores y convertirlas en sujetos activos de derechos y agentes y beneficiarios del cambio, asegurando su plena participación y contribución al desarrollo de sus sociedades, es necesario asegurar la efectiva y plena promoción, protección y disfrute de todos sus derechos humanos.
Distinguidos colegas,
Permítanme ahora hacer referencia a los trabajos y los debates que se dan en el marco del Grupo de Trabajo de Composición Abierta de la Asamblea General, el cual constituye el principal escenario a nivel multilateral en el que se discuten las cuestiones relacionadas con los derechos humanos de las personas mayores.
El Grupo de Trabajo fue creado por la Asamblea General en 2010, mediante su resolución 65/182, presentada por el G77 y China (a iniciativa de la Argentina) y adoptada por consenso.
Su objetivo es el de aumentar la protección de los derechos humanos de las personas de edad examinando el marco internacional vigente en materia de derechos humanos de las personas de edad y determinando sus posibles deficiencias y la mejor forma de subsanarlas, incluso mediante el estudio, cuando corresponda, de la viabilidad de nuevos instrumentos y medidas.
Hasta la fecha se celebraron IX sesiones. La última tuvo lugar del 23 al 26 de julio de 2018. Con respecto a los métodos de trabajo del Grupo, durante la VII sesión en 2016, se decidió modificar la dinámica de trabajo y seleccionar dos temas prioritarios por sesión, a fin de focalizar las discusiones y mantener un debate sustantivo sobre las áreas seleccionadas. Esta nueva dinámica de trabajo permite avanzar en el estudio de aquellos tópicos en los cuales se pueden encontrar áreas de consenso entre los Estados para avanzar en la protección de los derechos humanos de las personas mayores, teniendo presente que todavía no existe acuerdo entre los Estados Miembros acerca de la necesidad (o no) de negociar un nuevo instrumento internacional jurídicamente vinculante en materia de derechos humanos de las personas mayores.
En tal sentido, durante la IX sesión de 2018, se trataron los temas “Autonomía e independencia” y “Cuidados paliativos y de largo plazo”.
En la última sesión también se analizaron los temas de la VIII sesión, “Igualdad y no discriminación” y “Violencia, maltrato y abuso” desde un punto de vista normativo. En este segmento los Estados compartieron sus diferentes puntos de vista sobre los temas y se identificaron puntos en común para lograr una mayor claridad sobre las obligaciones de los Estados en materia de no discriminación y violencia de las personas mayores.
En cuanto a la selección de las esferas prioritarias del décimo período de sesiones, que se celebrará en 2019, se trabajará con las áreas: “Educación, capacitación, aprendizaje permanente y creación de capacidad” y “Protección social y seguridad social (incluidos los niveles mínimos de protección social) ”.
Asimismo, en mi capacidad de Presidente propuse a los miembros del Grupo de Trabajo considerar la posibilidad de avanzar hacia resultados concretos luego de cada sesión, de manera de reflejar los puntos de consenso alcanzados en las áreas analizadas desde un punto de vista normativo, vinculadas al disfrute de los derechos humanos de las personas mayores. Considero que los resultados concretos de cada sesión contribuirán también a nutrir otros ámbitos como el trabajo de la Tercera Comisión de la Asamblea General y del Consejo de Derechos Humanos.
Para finalizar, considero necesario destacar la necesidad de que las personas mayores sean reconocidas y empoderadas como sujetos activos y específicos de derechos. Lamentablemente, el marco legal internacional actual en materia de derechos humanos no es lo suficientemente específico y coherente como para garantizar la promoción, protección, respeto y pleno goce de los derechos humanos por parte de las personas mayores.
En tal sentido, independientemente del grado de implementación de los instrumentos existentes y la transversalización de las cuestiones que afectan a las personas mayores en los mecanismos existentes, sólo un instrumento universal, específico y vinculante podrá otorgar los estándares suficientes para asegurar el pleno disfrute de nuestros derechos durante la vejez.
Teniendo presente la máxima premisa de la Agenda 2030 de "no dejar a nadie atrás" debemos sumar nuestros esfuerzos para que el ejercicio pleno de los derechos de las personas mayores no sólo sea respetado sino efectivamente garantizado por los Estados.
Cicerón en su obra "Sobre la vejez" aborda con una modernidad sorprendente los desafíos que nos presenta crear una nueva concepción de la vejez a partir de prejuicios e ideas erróneas existentes. Me gustaría finalizar con este fragmento, invitándolos a pensar sobre qué rol queremos para las personas mayores en nuestras sociedades y cómo podemos garantizar el disfrute de sus derechos humanos más básicos:
"¡Cuántas cosas recordaron los antiguos filósofos! Lo mismo que el afán de conocimiento y de actividad, las facultades permanecen en los ancianos, tanto en su vida social de hombres ilustres y venerables como en su vida familiar y privada. Sófocles escribió una tragedia en su ancianidad. Precisamente por ese interés de estudio parecía que se despreocupaba de su patrimonio familiar, y fue demandado judicialmente por sus hijos. Los jueces decidieron quitarle la gestión del patrimonio familiar como si fuera un loco, igual que acostumbramos a imposibilitar a los cabeza de familia que no gestionan bien sus bienes. Se dice que, para defenderse, el anciano recitó de memoria la obra que en ese momento tenía entre manos, la recientemente escrita, ¡nada menos que "Edipo en Colono"! ¡Y se atrevió a preguntar a los jueces, si eso era propio de un anciano demente! Fue absuelto por los mismos jueces, una vez recitada la tragedia".
Muchas gracias.