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Solicitud de voto presentada por la delegación de Uruguay a la enmienda presentada por la delegación de Egipto al Proyecto de Resolución sobre “Derechos del Niño” A/C.3/72/L.21/Rev.1

20 de noviembre

Gracias Sr. Presidente

 

En nombre de los Main Sponsors[1] de la Resolución sobre los derechos del niño, es mi intención solicitar el voto de la enmienda presentada por la Delegación de Egipto, en nombre de un grupo de países africanos, al párrafo operativo 36 k.

 

Al respecto, debemos ser consientes que la educación es un elemento fundamental para el desarrollo de los niños y la formación de individuos responsables.

 

En tal sentido, las sociedades en su conjunto, y los Estados en particular, debemos velar por brindar a nuestros niños una educación integral, que les proporcione las herramientas necesarias para desarrollar su autoestima, para que puedan tomar decisiones informadas, que puedan desarrollar relaciones respetuosas con sus pares, en otras palabras, para que puedan convertirse en adultos responsables que creen familias y comunidades saludables.

 

Promover el conocimiento sobre los derechos humanos, las relaciones entre mujeres y hombres, la igualdad de género, el empoderamiento de las mujeres y niñas, y la salud sexual y reproductiva, son herramientas básicas para el desarrollo de individuos, y para prevenir y combatir todas las formas de violencia contra los niños.

 

Este es el objetivo del párrafo operativo 36 k.

 

A la luz de estas consideraciones, nuestros países entienden que el lenguaje del OP 36 k de la resolución, relativo a la promoción de una educación integral, es parte esencial del texto por atender el eje temático del proyecto de resolución, la prevención de la violencia contra los niños, siendo el mismo lenguaje utilizado en la resolución sobre juventud que fue adoptada durante esta misma sesión.

 

De igual forma, este párrafo atiende las diferencias que puedan  existir entre un niño pequeño y uno de 17 años, ya que refiere a brindar educación integral apropiada para su edad, de acuerdo a su capacidad evolutiva, científicamente comprobada, y en plena colaboración con los padres, tutores y otros actores relevantes.

 

Asimismo, el lenguaje utilizado atiende la diversidad existente entre los países al hacer referencia a los contextos culturales, y la relevancia que estos han de tener al momento de diseñar programas de educación integral.

 

Por los motivos expuestos, en el entendido que un voto a favor de esta enmienda es un voto en contra de la resolución, nuestros países votarán en contra de la enmienda propuesta para el OP36 k de este proyecto de resolución, y alentamos a las demás delegaciones a hacer lo mismo.

           

Muchas gracias.

 

[1] Los 28 Estados Miembros que conforman la Unión Europea y Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.